Durante la Mañanera del Pueblo se informó que el delito de abuso sexual está tipificado en el artículo 260 del Código Penal Federal, con una penalidad de seis a diez años de prisión y hasta 200 días de multa.
De acuerdo con lo establecido en dicho artículo, se considera abuso sexual la realización de actos sexuales, manoseos o tocamientos obscenos, así como obligar a la víctima a presenciar un acto sexual o a exhibir su cuerpo. También se incluye cualquier tipo de tocamiento que represente actos explícitamente sexuales o que obliguen a la víctima a representarlos.
El Código Penal Federal contempla además agravantes cuando se emplea violencia física o cuando la persona afectada es menor de edad o incapaz de resistir la conducta.
Con esta información, se busca reforzar el conocimiento sobre la legislación vigente en materia de delitos sexuales y las sanciones aplicables a quienes incurran en este tipo de conductas.





