martes, abril 14, 2026

Invalida la SCJN el delito de ciberasedio en Puebla por ambigüedad legal

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La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró la invalidez del delito de ciberasedio, el cual se encontraba tipificado en el artículo 480 del Código Penal del Estado de Puebla. Por mayoría de votos, el Pleno determinó que la redacción de dicho precepto legal resultaba ambigua y vulneraba los principios de taxatividad y seguridad jurídica para la ciudadanía.

La resolución surge tras el análisis de una acción de inconstitucionalidad promovida por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH). El proyecto, presentado por el ministro Giovanni Azael Figueroa Mejía, sostuvo que las conductas sancionadas no estaban definidas con la claridad técnica necesaria para que los ciudadanos pudieran distinguir entre actividades digitales cotidianas y actos constitutivos de delito.

Entre los argumentos centrales de la invalidez, los ministros destacaron los siguientes puntos:

Imprecisión de verbos rectores: El uso de términos como “vigilar” en el entorno digital se consideró excesivamente amplio, ya que podría criminalizar interacciones comunes en redes sociales, como observar o seguir contenido de otros usuarios.

Sobrelegislación: Se señaló que la normativa poblana ya cuenta con el delito de ciberacoso, por lo que el tipo penal de ciberasedio duplicaba conductas y generaba confusión en la aplicación de la norma.

Riesgo a la libertad de expresión: La Corte advirtió que la falta de definiciones jurídicas claras en palabras como “vistas” o “intimidad” abría la puerta a interpretaciones arbitrarias y aplicaciones discrecionales por parte de las autoridades.

Pese a que algunas posturas minoritarias defendieron que el objetivo de la norma era proteger la integridad física y emocional de las víctimas de hostigamiento digital, el Pleno concluyó que la redacción actual no cumplía con los estándares constitucionales de claridad. Con este fallo, el delito de ciberasedio queda sin efectos en la entidad, lo que obliga al Congreso del Estado de Puebla a replantear la regulación de la violencia digital bajo criterios de certeza jurídica y respeto a los derechos fundamentales.

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