El pleno de la Cámara de Diputados aprobó con 267 votos a favor, 104 en contra y 33 abstenciones la reforma al Código Penal con el que se podrán castigar las terapias de conversión que se tomaban como esfuerzos para corregir la orientación sexual de las personas.
En este proyecto de reforma se adiciona un artículo 465 Bis a la Ley General de Salud donde se establece terminar con esta práctica y dispone de una multa económica de mil o dos mil pesos según el valor de la UMA, a quien pretenda realizar u orientar a alguien de la comunidad LGBT+ con terapias de conversión. Por otro lado la legislación decreta que se podrá sancionar con 6 años de prisión.
Diputadas pertenecientes a distintos partidos políticos como Morena, PRI y MC instaron a discutir y votar en la sesión del próximo viernes un dictamen que prohíba las terapias de conversión y los llamados Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (Ecosig). Estas prácticas, consideradas perjudiciales y violatorias de los derechos humanos, serán objeto de sanciones penales según lo acordado en la votación.
Sin embargo, la legisladora panista Teresa Castell expresó su oposición a esta iniciativa, argumentando que va en contra de la libertad de los padres para educar a sus hijos conforme a los valores de la familia. En su intervención, señaló que no se puede prohibir a ninguna persona tomar la terapia que desee, ya sea para cambiar su orientación sexual o no, pues considera que es una decisión personal.
Castell advirtió sobre los riesgos que esta medida implica, mencionando que penalizar estas prácticas dejaría a los padres, a los profesionales de la salud y a los ministros de culto en una situación de indefensión, exponiéndolos a penas de prisión de dos a cuatro años.
Esta votación refleja el debate en torno a la protección de los derechos individuales y la libertad personal, contrastando con la necesidad de garantizar la igualdad y la no discriminación hacia las personas de la comunidad LGBTQ+.





