viernes, julio 10, 2026
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¿Tienes deuda con el SAT? Podrás pagar hasta en seis parcialidades

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El Servicio de Administración Tributaria (SAT) dio a conocer que las personas que resulten deudoras ante el organismo, podrán pagar sus impuestos hasta en seis meses.

A través de sus redes sociales, el SAT dio a conocer que solo será aplicable para los contribuyentes que realicen su declaración a tiempo.

La fecha límite personales morales es hoy primero de abril y hasta el 30 de abril para las personas físicas.

Estas son las indicaciones y requisitos que dio el SAT para cubrirlas:

  • Pagar las parcialidades a más tardar el último día del mes correspondiente.
  • Utilizar las líneas de captura que genera el SAT.
  • Realizar los pagos en las instituciones bancarias autorizadas.
  • Se puede pagar de manera anticipada.
  • De no cubrir las parcialidades, se deben pagar recargos.
  • La fecha límite de pago es el 30 de septiembre de este año.

¿Quiénes tienen que realizar la declaración anual?

Quienes deben presentar su declaración anual son las personas físicas de un solo patrón y que hayan dejado de laborar el 31 de diciembre, quienes hayan obtenido ingresos distintos a salarios, quienes hayan tenido más de un patrón de manera simultánea, también para quienes perciben salarios del extranjero.

Asimismo, las personas que hayan obtenido ingresos por indemnización, las personas jubiladas o pensionadas que excedan los ingresos previstos en el artículo 93 y toda persona cuyos ingresos sean mayores a 400 mil pesos; además, también deberán presentarla las personas que brindan servicios profesionales y quienes renten propiedades.

Con información de: E- Consulta

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