Las negociaciones entre Volkswagen de México y los diez trabajadores que presentaron una queja laboral ante organismos internacionales por despido injustificado en la planta de Puebla están estancadas debido a las condiciones impuestas por la empresa para reinstalar a los ex obreros.
Este miércoles, los afectados y sus representantes declararon que la empresa acepta reinstalarlos solo si no interfieren en las relaciones entre la empresa y el sindicato, lo que, según ellos, viola sus derechos humanos y laborales.
Aceptar esas condiciones, afirmaron, contradice los motivos por los que recurrieron al Mecanismo Laboral de Respuesta Rápida del T-MEC: hostigamiento, maltrato y violaciones a sus derechos humanos y laborales.
Indicaron que aún esperan los resultados de la investigación que realizó la Secretaría del Trabajo y Previsión Social a solicitud del Mecanismo Laboral de Respuesta Rápida del T-MEC por una queja contra Volkswagen por negar derechos laborales.
Aunque se supone que ninguna de las partes conoce el resultado de la investigación, afirmaron que Volkswagen de México comenzó a publicar una carta de neutralidad y los lineamientos sobre libertad sindical, para garantizar el respeto a los derechos de los trabajadores.

El despido de los 10 trabajadores se convirtió en la queja número 23 de las autoridades comerciales de Estados Unidos contra el gobierno de México por abusos laborales bajo el Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC).
En declaraciones a medios nacionales, Rita Robles, de la Red de Mujeres Sindicalistas, explicó que los despedidos eran delegados sindicales que fueron separados de sus cargos cuando la planilla de Juan Hernández, secretario en funciones, perdió frente a la de Hugo Tlalpan. Los seguidores de Hernández fueron despedidos por una regla no escrita que establece que quienes pierdan deben renunciar de manera voluntaria o ser despedidos.
La Red de Mujeres Sindicalistas advirtió que permitir el condicionamiento de la empresa podría afectar el cumplimiento de los convenios 87 y 98 de la OIT, así como contravenir el objetivo de la reforma laboral aprobada en 2019, que es el fortalecimiento de la libertad sindical y la contratación colectiva autónoma y legítima.





