La Comisión Ambiental de la Megalópolis (CAMe) activó la Fase 1 de contingencia ambiental para la zona metropolitana del Valle de México.
La CAMe destacó que hay una concentración máxima de ozono de 163 ppb en la estación de monitoreo Atizapán, que se encuentra en el municipio de Atizapán de Zaragoza en el Estado de México.
¿Dónde hay peor calidad de aire?
El mapa de Calidad del Aire de la Ciudad de México indica que solo la estación de Atizapán se encuentra en color rojo por riesgo “Muy Alto”.
En tanto, el resto de las estaciones en CDMX y Edomex se encuentran en color naranja de calidad ‘Mala’ y amarillo de calidad ‘Regular’ del aire.
Se indica que la calidad del aire es ‘Muy Mala’, por el contaminante O3.
Estos autos no circulan el 7 de marzo por Contingencia Ambiental
Mañana jueves 7 de marzo, deberán suspender su circulación los siguientes autos, en los horarios establecidos de las 5:00 a las 22:00 horas:
- Los vehículos de uso particular con holograma de verificación 2.
- Los vehículos de uso particular con holograma de verificación 1, cuyo último dígito numérico sea 1, 2, 3 ,5, 7 y 9.
- Los vehículos de uso particular con holograma de verificación 00 y 0, engomado verde, terminación de placa 1 y 2 .
También se incluye a los siguientes vehículos y transportes:
- Las unidades que no porten holograma de verificación, como los vehículos antiguos, de demostración o traslado, nuevos, los que tienen pase turístico, placas foráneas o con placas formadas por letras, les aplica la misma restricción que a los vehículos que portan holograma 2.
- Restricción a la circulación del 50% de las unidades de reparto de gas L.P. a tanques estacionarios, que no cuenten con válvula de desconexión seca, cuya terminación de matrícula sea NON.
- Los vehículos de carga local o federal, dejan de circular entre las 6:00 y las 10:00 horas., con excepción de aquellos que se encuentren en el Programa de Autorregulación de la CDMX o del EDOMEX.
- Los taxis con holograma de verificación “00″, “0″, “1″ o “2″ que deban dejar de circular de acuerdo a las disposiciones indicadas en los incisos 1), 2), y 3), les aplicará la restricción a la circulación de las 10:00 a las 22:00 horas.
Con información de: El Financiero







